I. Admisión

  1. Podrán solicitar ingreso en la Residencia los alumnos matriculados en cualquier Universidad.
  2. La adjudicación de plazas, que se comunicará a todos los solicitantes admitidos, se efectuará teniendo en cuenta el historial académico de los solicitantes, la evaluación del Departamento de Orientación Universitaria, el orden de solicitud y, en su caso , la conducta anterior en la Residencia y la participación en su vida comunitaria.
  3. Las condiciones de admisión y readmisión serán establecidas anualmente por la Universidad.
  4. Una vez admitido, el alumno o alumna residente se obliga a abonar el importe total correspondiente del curso en los plazos fijados por las normas de administración.
  5. La adjudicación de plazas se hace por curso completo, que abarca desde el día anterior fijado para el inicio de cada curso, hasta el día siguiente al último de exámenes de junio, excepto los días no lectivos de Navidad y Semana Santa previstos para el calendario académico anual.
  6. Los antiguos residentes que, al finalizar el curso, deseen continuar, deberán notificarlo por escrito a la Dirección, antes del 1 de mayo de cada año.
  7. Una vez terminado el curso académico, la dirección de la Residencia se reserva el derecho de renovar o no la plaza del residente. Si el alumno deseara abandonar la Residencia a lo largo del curso, deberá notificarlo por escrito a la dirección de la Residencia, con un periodo de antelación de quince días.
  8. Los criterios que facilitan la permanencia en la Residencia son:
    • La integración en el espíritu de la Residencia y la colaboración activa en la vida comunitaria, promoviendo actividades y participando en las que se organicen.
    • El respeto a este y los demás reglamentos de la Universidad Camilo José Cela.
    • Un comportamiento que refleje el espíritu de responsabilidad académica, cívica y social, propio de un universitario, dentro y fuera del campus.
    • La adaptación para compartir espacios comunes y la solidaridad entre los compañeros.
    • Los buenos rendimientos académicos.
    • El pago de las cuotas sin demora.

Las autoridades Universitarias, tras consultar con la Dirección de la Residencia, podrán rescindir durante el curso la estancia de cualquier residente por razones disciplinarias. En tal caso, las cuotas abonadas no serán reintegradas.

II. Servicios

La Residencia ofrece los siguientes servicios:

  1. Alojamiento en habitación doble:
    • Cama, armario, mesa de estudio con cajonera, sofá y librería (mesa de dibujo para los residentes que estudien Arquitectura, Arquitectura Técnica o Ingeniería de Edificación).
    • Teléfono, televisión y toma para ordenador con acceso a internet Wi-Fi.
    • Calefacción y aire acondicionado.
  2.   

  3. Alimentación ( desayuno, comida y cena) todos los días de la semana, excepto los periodos vacacionales. 3. Limpieza diaria de habitaciones y dependencias.
  4. Lavandería dos veces por semana.
  5. Servicio de conserjería y vigilancia permanente.
  6. Servicio médico (Seguro Mapfre). 7. Instalaciones deportivas.
  7. Sala de estudio y lectura.
  8. Sala de reunión.
  9. Sala de proyección. 11. Aparcamiento.
  10. Biblioteca.

III. Normas de Convivencia

El establecimiento de las responsabilidades previstas en este Reglamento tiene como finalidad:

  • Garantizar un marco de convivencia basado en el respeto al individuo, a la comunidad universitaria y a las instalaciones y servicios de la Residencia.
  • Asegurar el respeto a la intimidad y la dignidad personales.
  • Amparar las condiciones necesarias para la realización de los fines de la Residencia.
  • Favorecer el máximo aprovechamiento académico.

1. El Director, los Colaboradores, los Residentes y el Personal de servicio están obligados a respetar los horarios y las normas de convivencia establecidas, en la medida en que su acción afecte a la organización y al funcionamiento general, haciendo especial hincapié en el respeto a todos y cada uno de los miembros de la comunidad.

2. El Director, sus colaboradores, los miembros de seguridad y cualquier autoridad Universitaria podrán pedir la identificación de cualquier residente siempre que lo estimen oportuno.

3. El medio ordinario y efectivo de comunicación será el tablón de anuncios de Residencia y/o el correo electrónico de la Universidad.

4. La colocación de anuncios en los tablones deberá ser autorizada por la Dirección, quien sellará para ello los carteles correspondientes. No se permitirán los anuncios publicitarios de bares, restaurantes, discotecas, pubs, etc. En ningún caso se autorizarán escritos anónimos. De producirse se considerará falta leve.

5. En la Residencia, como lugar de estudio y descanso, deberán mantenerse las condiciones y el ambiente adecuados, respetando los derechos de los compañeros al descanso.

6. Ante lo expuesto anteriormente:

  • Se evitará en toda la Residencia las conversaciones en voz muy alta o cualquier ruido que pudiera molestar. Los equipos audiovisuales se usarán con cascos o en tono inaudibles desde el exterior o las habitaciones contiguas.
  • Se hará el adecuado uso del edificio, las instalaciones y el mobiliario de la Residencia, evitando cualquier deterioro.
  • El alumno residente será considerado responsable de cualquier desperfecto por él ocasionado en las instalaciones de uso común de la Residencia. De igual modo, un uso indebido demostrado del equipamiento, mobiliario o cualquier otro elemento disponible en las zonas comunes, redundará en la prohibición a dicho alumno de utilizar las mencionadas instalaciones.La fianza del residente se aplicará automáticamente a la reparación de cualquier desperfecto en las instalaciones y mobiliarios puestos a disposición del residente, sin perjuicio de que el importe de los daños ascienda a un importe superior del que también será responsable el residente. La reducción del importe de la fianza por este motivo determinará la obligación del residente de reponer dicha fianza a su importe original.
  • Quedan expresamente prohibidas las novatadas, que siempre serán consideradas como faltas muy graves.
  • Se observará en todo momento lo legalmente establecido acerca de las restricciones al consumo de tabaco, prevaleciendo en cualquier caso el derecho de los no fumadores. Este acto se considerará falta grave.
  • Todos se obligan a una actitud respetuosa hacia los demás y hacia sí mismos, manteniendo el tono y la compostura del lenguaje, conversación y atuendo en que todo momento cabe esperar de un lugar de convivencia.
  • Es obligación de cada residente estar informado de los avisos y comunicados de la Dirección a través del tablón de anuncios, del correo electrónico de la Universidad, de los delegados, así como la asistencia a aquellas reuniones que el director indique.

7. La Dirección de la Residencia deberá conocer y autorizar, si lo estima oportuno, cualquier celebración o reunión de carácter particular que se tenga intención de realizar, y facilitará a tal efecto el espacio que garantice el derecho al descanso y al ambiente de estudio del resto de los estudiantes. En ningún caso podrán organizarse celebraciones o reuniones en las habitaciones.

8. La adjudicación de habitaciones tiene validez durante todo el curso académico, entendiéndose por tal los periodos lectivos del primer y segundo cuatrimestre, así como los periodos de exámenes correspondientes a las convocatorias de febrero y junio. Al término de esta última convocatoria, los residentes deberán retirar todas sus pertenencias dejando libres la habitación. Si un alumno/a se aloja en una habitación doble y en un momento determinado su compañero/a abandona la Residencia, deberá reubicarse con algún compañero/a que se encuentre en similar circunstancia. De no existir ningún compañero/a en la misma situación, el alumno/a se alojará solo en la habitación hasta una nueva incorporación en habitación doble o hasta la baja de otro compañero/a en habitación doble.

9. Aquellos alumnos que soliciten alojamiento para el mes de julio podrán ser ubicados en habitaciones diferentes a las utilizadas durante el curso o recogidas en la normativa.

10. Ningún residente podrá cambiar de habitación durante el curso, ni ser obligado a ello, a no ser por causas razonadamente justificadas.

11. El uso y disfrute de la habitación es estrictamente personal. Es, además, intransferible, no pudiendo nunca nadie alojarse ni pernoctar en la Residencia sin haber sido previamente admitido. De producirse se considerará falta leve.

El residente para poder acceder a la residencia contraria a la que está alojado deberá identificarse ante el vigilante/conserje. Para ello deberá cumplimentar los datos solicitados en la hoja de registro, de forma legible, sin abreviaturasy en letras mayúsculas.

El residente que quiera acceder de una residencia a la otra podrá hacerlo hasta las 1:00 de la madrugada, a partir de ese momento el residente que ya esté dentro se podrá quedar, pero no podrá acceder ningún otro hasta las 7:00 de la mañana.

Cada residente tendrá una sola llave de la puerta de su habitación y no podrá prestarla sin autorización de Dirección. Forzar las puertas. Si se detecta que un alumno intenta abrir una puerta con cualquier tipo de elemento extraño, será expulsado de inmediato. Considerándose falta muy grave

12. En las habitaciones debe mantenerse el orden necesario que facilite la tarea personal de limpieza. Por otra parte, en los baños y servicios se observará la máxima higiene. Falta leve. Con el fin de mantener las condiciones de higiene necesarias, no se permitirán animales de compañía en ninguna de las dependencias de las Residencias.

13. No se permitirá cambiar el mobiliario de ubicación sin previa autorización de la Dirección de la Residencia. Así mismo, tampoco se permite introducir mobiliario adicional o extraer el existente, salvo autorización expresa y por escrito de la Dirección. El residente tan sólo podrá aportar elementos decorativos y enseres personales.

14. Cualquier desperfecto en las habitaciones o arreglo que sea necesario subsanar deberá ser comunicado en conserjería, cumplimentando previamente el parte.

15. Esta terminantemente prohibido tener cualquier electrodoméstico en las instalaciones, con la única excepción de una nevera pequeña.

16. Dentro de los límites que impone el respeto a la intimidad, la Dirección de la Residencia podrá acceder a la habitación, incluso en ausencia del residente, si fuese necesario. Si está presente, deberá dejarla accesible para casos de necesidad.

17. Quedan prohibidos los juegos de apuestas que lleven implícito la apuesta de dinero. De producirse se considerará falta leve.

18. Queda terminantemente prohibida la posesión, mera tenencia o consumo de: bebidas alcohólicas, drogas o cualquier otra sustancia nociva en todas las dependencias de las Residencias Universitarias. Será considerado como falta muy grave.

19. Los comportamientos no cívicos, indignos del estilo universitario, fuera y dentro del Campus y de la Urbanización Villafranca del Castillo, serán objeto del oportuno expediente sancionador. Considerándose falta muy grave. Queda prohibido el hurto o sustracción de bienes o pertenencias de otros residentes o del patrimonio de la Universidad, considerándose falta grave. La Universidad no se hará cargo de los robos ocurridos por descuidos del residente.

20. Con el fin de posibilitar la integración de los residentes, la Dirección potenciará el desarrollo de actividades culturales, deportivas y recreativas.

IV. Entradas, Salidas y Visitas

21. Los residentes deberán comunicar en la conserjería de su residencia, la ausencia de la residencia si ésta va a ser superior a un periodo de 36 horas.

22. Los residentes pueden recibir las visitas externas (se considera externa toda persona que no sea residente). En estos casos para poder acceder a la residencia deberán cumplimentar los mismos datos en la hoja de control, e identificarse con el DNI ante los conserjes. El horario de acceso a las residencias será hasta las 1:00 de la madrugada, y en ningún caso estas personas se podrán quedar dentro de la instalación a partir de esa hora salvo autorización expresa de esta dirección, por lo que de no tenerla deberán abandonar la residencia a la 1:00 de la madrugada.

23. El alumno que autorice la entrada en su habitación a cualquier otro compañero residente se hará responsable de todo lo que pueda ocurrir, no haciéndose cargo la Universidad de todo lo que pudiera ser deteriorado o extraviado.

V. Espacios y Servicios Comunes

24. Las instalaciones y servicios de la Residencia están a disposición de todos los residentes. No se permitirá que ninguna persona acapare ninguna de ellas, impidiendo el uso al que tienen derecho los demás. La utilización de las instalaciones y servicios debe conjugarse con el derecho que todos tienen al estudio, al trabajo y al descanso.

25. En las salas y espacios comunes sólo se desarrollarán las actividades a los que están destinados.

26. En los espacios comunes se deberá utilizar un vestuario adecuado, que no ofenda el sentido ético.

27. Los horarios de las instalaciones y servicios se encuentran en la Recepción. Cualquier modificación será hecha pública por la Dirección. Se deben respetar los horarios y notificar cualquier impedimento que el residente tenga para cumplirlos.

28. La Residencia tiene un aparcamiento al servicio de los residentes, de manera que todos los vehículos motorizados propiedad de estos deberán quedar previamente inscritos e identificados ante la Dirección. Cualquier vehículo no identificado podrá ser retirado.

VI. Faltas y Sanciones

29. Las faltas leves serán sancionadas con apercibimiento de la Dirección.

30. Las faltas graves serán sancionadas con apercibimiento escrito de expulsión o con expulsión temporal, con registro de este en el expediente personal del residente.

31. Las faltas muy graves serán sancionadas con expulsión.

32. Las faltas graves y muy graves serán firmes por la autoridad del Rector, a propuesta del Director de la Residencia. Habrá de observarse, en todo caso, el derecho de audiencia del Residente afectado. En casos de especial gravedad, el director podrá decidir la expulsión cautelar inmediata de un residente, indicando a la mayor brevedad los trámites ordinarios hasta la confirmación o revocación de la sanción por parte del Rector.

33. Las sanciones decretadas por parte del Rector serán comunicadas por correo al responsable económico del sancionado.

VII. Son derechos de los residentes

  • El uso gratuito de las instalaciones del UCJC Sports Club.
  • La utilización de las instalaciones de las zonas comunes de ambas residencias, así como de las instalaciones deportivas de la Universidad de forma gratuita.
  • El uso de los medios electrónicos, cocina de residencia masculina, así como cuantos servicios y salas pone a su disposición la Dirección de la Residencia.
  • La recepción de un trato respetuoso y considerado por parte del personal que presta servicio en el centro.

Horario de comedor:


Días lectivos:
Desayuno:…………………………………………….de 8:30 a 10:00 horas.
Comida:………………………………………………de 13:15 a 15:00 horas.
Cena:………………………………………………….de 20:30 a 22:00 horas.


Días no lectivos:
Desayuno:…………………………………………….de 9:00 a 10:30 horas.
Comida:………………………………………………de 14:00 a 15:00 horas.
Cena:………………………………………………….de 21:00 a 22:00 horas.


Cómo llegar a la UCJC

Campus Principal Madrid-Villafranca

El campus principal de la Universidad Camilo José Cela se encuentra a 20 km. de Madrid, en la Urbanización Villafranca del Castillo. Existen varios itinerarios de acceso, desde la M-40, o la A-VI, señalados en el mapa.

Las líneas de autobuses que llegan hasta la Universidad son las siguientes:

Hasta la entrada de la UCJC:

623: Urbanización Villafranca del Castillo – Las Rozas – Madrid (Moncloa). 626: Las Rozas – Majadahonda – Villanueva de la Cañada.
627: Villanueva de la Cañada – Brunete – Madrid (Moncloa).

Horarios en www.autoperiferia.com
Hasta la entrada de la Urbanización Villafranca del Castillo:

626A: Villanueva del Pardillo – Majadahonda (de lunes a viernes).
641: Valdemorillo – Madrid (Moncloa).
642: Madrid (Moncloa) – Colmenar del Arroyo.
643: Villanueva del Pardillo – Madrid (Moncloa).

Horarios en www.autocaresbeltran.com